¿Está obligado a implementar el Programa de Sostenibilidad Empresarial?

La Superintendencia de Sociedades mediante la Circular Externa No. 100-000010 del 21 de Noviembre de 2023, dio a conocer la adición del Capítulo XV a la Circular Básica Jurídica, mediante la cual se dan las recomendaciones administrativas sobre la presentación del reporte de sostenibilidad.

1.- Sujetos obligados: Entidades que se encuentre bajo la vigilancia de la Superintendencia de Sociedades y que tengas activos o ingresos iguales o superiores a los 40.000 SMMLV, al 31 de diciembre.

2.- Sectores específicos: Las entidades pertenecientes a los sectores de minero-energético, manufactura, construcción, turismo o tecnologías, implementarán del sistema cuando sus ingresos sean iguales o superiores a los 30.000 SMMLV, al 31 de diciembre.

3.- Plazos de implementación: Se definirán el próximo año por parte de la Superintendencia de Sociedades.

Circular Externa 100-000010 de 21 de noviembre de 2023.   Más información aquí

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