¿En qué consiste el programa de Protección de Datos Personales?
Es el derecho constitucional que tienen todas las personas de conocer, actualizar y rectificar la información sobre ellas en bases de datos o archivos, así como ejercer sus demás derechos y libertades garantizados por la Constitución. Este programa es vigilado y supervisado por Superintendencia de Industria y Comercio (SIC).
¡Tenga presente que!
Todas las empresas pequeñas, medianas y grandes están obligadas a implementar políticas de protección de datos personales y realizar los reportes al Registro Nacional de Bases de Datos según corresponda de acuerdo con lo establecido en la ley estatutaria 1581 de 2012.
¿Qué reportes deben realizar las empresas?
• Reporte anual de las bases de datos: Se elabora dentro del 02 de enero al 31 de marzo de cada año.
• Reporte semestral de PQRS: Se presenta dentro de los 15 primeros días hábiles de los meses febrero y agosto.
Segundo Semestre 2025: 20 de febrero de 2026.
Primer Semestre 2026: 25 de agosto de 2026.
Segundo Semestre 2026: 19 de febrero de 2027.
• Reporte de cambios sustanciales: Incluyen modificaciones en las finalidades, responsables de las bases de datos, canales de atención, y medidas de seguridad. Deben presentarse dentro de los primeros 10 días hábiles del mes en que se realicen los cambios.
¿Qué consecuencias trae para la empresa no reportar?
• Multas de carácter institucional de hasta 2.000 SMMLV
• Suspensión de las actividades que tengan relación con tratamiento de datos personales.
• Cierres temporales o definitivos
