¡Evite sanciones! Asegure el cumplimiento normativo en Protección de Datos Personales

¿En qué consiste el programa de Protección de Datos Personales?

Es el derecho constitucional que tienen todas las personas de conocer, actualizar y rectificar la información sobre ellas en bases de datos o archivos, así como ejercer sus demás derechos y libertades garantizados por la Constitución. Este programa es vigilado y supervisado por Superintendencia de Industria y Comercio (SIC).

¡Tenga presente que!

Todas las empresas pequeñas, medianas y grandes están obligadas a implementar políticas de protección de datos personales y realizar los reportes al Registro Nacional de Bases de Datos según corresponda de acuerdo con lo establecido en la ley estatutaria 1581 de 2012.

¿Qué reportes deben realizar las empresas?

• Reporte anual de las bases de datos: Se elabora dentro del 02 de enero al 31 de marzo de cada año.

• Reporte semestral de PQRS: Se presenta dentro de los 15 primeros días hábiles de los meses febrero y agosto.

Segundo Semestre 2025: 20 de febrero de 2026.
Primer Semestre 2026: 25 de agosto de 2026.
Segundo Semestre 2026: 19 de febrero de 2027.

• Reporte de cambios sustanciales: Incluyen modificaciones en las finalidades, responsables de las bases de datos, canales de atención, y medidas de seguridad. Deben presentarse dentro de los primeros 10 días hábiles del mes en que se realicen los cambios.

¿Qué consecuencias trae para la empresa no reportar?

• Multas de carácter institucional de hasta 2.000 SMMLV
• Suspensión de las actividades que tengan relación con tratamiento de datos personales.
• Cierres temporales o definitivos

¿Necesita Ayuda?

Diligencie los datos para iniciar el chat