La Superintendencia de Sociedades de Colombia en ejercicio de sus facultades de inspección, vigilancia y control expidió la Circular Externa No 100-000003 el pasado 11 de septiembre de 2023, en la cual reguló diferentes aspectos relacionados con los informes:
- 42 prácticas empresariales
- 58 nombramiento y/o remoción Oficial de Cumplimiento
- 75 SAGRILAFT y PTEE.
Estos tres informes deben ser presentados por parte de las empresas obligadas, de acuerdo con los capítulos X y XIII de las Circulares Básicas Jurídicas.
Como bien lo indica el Superintendente de Sociedades, Billy Escobar Pérez la cita circular unifica los reportes que “por parte de las empresas obligadas, optimizando la labor de las áreas de cumplimiento y directivas, y fortaleciendo nuestro rol de supervisor al poder conocer cómo se comportan las empresas respecto a sus deberes en la prevención de estos fenómenos”.
Para el caso del informe 75 consolida la información relacionada con los sistemas de prevención de riesgos lavado de activos y de corrupción y soborno transnacional. Este reporte debe hacerse una vez al año, según los dos últimos dígitos del NIT de las compañías, para el año 2024 se deberá presentar en las siguientes fechas:
Últimos dos (2) | Plazo máximo del envío del Informe | Año 2024 |
01 – 10 | Décimo primer día hábil del mes de julio | 16 de julio |
11 – 20 | Décimo segundo día hábil del mes de julio | 17 de julio |
21 – 30 | Décimo tercero día hábil del mes de julio | 18 de julio |
31 – 40 | Décimo cuarto día hábil del mes de julio | 19 de julio |
41 – 50 | Décimo quinto día hábil del mes de julio | 22 de julio |
51 – 60 | Décimo sexto día hábil del mes de julio | 23 de julio |
61 – 70 | Décimo séptimo día hábil del mes de julio | 24 de julio |
71 – 80 | Décimo octavo día hábil del mes de julio | 25 de julio |
81 – 90 | Décimo noveno día hábil del mes de julio | 26 de julio |
91 – 00 | Vigésimo día hábil del mes de julio | 29 de julio |
La información por reportar en el informe 75 será con corte al 31 de diciembre de 2023 en la plataforma STORM de la Superintendencia de Sociedades. Estos plazos serán improrrogables.
Evite sanciones por no contar con los programas de cumplimiento de lavado de activos y ética empresarial, que pueden llegar a 200 SMLMV $260.000.000 e investigaciones a los administradores, revisor fiscal y oficial cumplimiento de la empresa obligada.
Fuente: Circular Externa No 100-000003 el pasado 11 de septiembre de 2023.