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Sanción consistente en multas al representante legal por haber incumplido en el programa de lavado de activos “SAGRILAFT”

La Dirección de Cumplimiento de la Superintendencia de Sociedades impuso una sanción consistente en multas al representante legal y al revisor fiscal por haber incumplido lo estableció en la Circular Básica Jurídica en materia del programa de lavado de activos “SAGRILAFT”.

Vale la pena tener destacar que lo indicado en el Capítulo X de la Circular Básica Jurídica emitida por la Superintendencia de Sociedades relacionado con el programa de lavado de activos no es una política de voluntaria aplicación para las empresas obligadas.

Las circulares básicas Jurídica claramente enumera los requisitos que deben cumplir las empresas de los diferentes sectores económicos que deben implementar y  contar con un Oficial de Cumplimiento para el Sistema de Autocontrol y Gestión del Riesgo de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo y Financiamiento de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva – SAGRILAFT a través de Autocontrol y Gestión del Riesgo Integral de LA/FT/FPADM y como también la generación de los  reportes de operaciones sospechosas o ausencia de reporte de operaciones sospechosas a la UIAF.

Los incumplimientos que generaron la sanción están relacionados con:

  • Aplicación de los elementos que componen un SAGRILAFT:
  • Diseño y aprobación
  • Auditoría y cumplimiento
  • Divulgación y capacitación
  • Asignación de funciones a los responsables
  • Etapas que componen un SAGRILAFT:
  • Identificación del Riesgo
  • Medición o evaluación del Riesgo
  • Control del riesgo
  • Monitoreo del riesgo
  • Por no diseñar ni aplicar de manera sistemática procesos de Debida Diligencia encaminados a la prevención del LA/FT/FPADM,
  • Por no realizar reportes de operación sospechosa –ROS- o su ausencia –AROS.
  • Incumplimiento de las funciones por parte del representante legal.

Así mismo, evaluó y reviso las funciones y responsabilidades del Revisor fiscal para este programa que están relacionados con su rol y claramente indicadas en la circular básica jurídica, adicionalmente la Superintendencia de Sociedades reitero la importancia de su actividad ya que está orientada en brindar seguridad a los accionistas, terceros y el estado.

Por errores de índole procesal en segunda instancia revoco la multa impuesta al Revisor Fiscal. Es importante destacar que el periodo de tiempo que el supervisor evaluó para imponer la sanción corresponde a la fecha de entrada en vigor del programa lavado de activos “SAGRILAFT”.

Resolución 200-006813 del 4 de abril de 2024

Resolución 240-000287 del 23 de enero de 2024

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